La resolución del Tribunal supremo estima el recurso presentado por el Concello. Esto elimina la posibilidad de que se hagan mas reclamaciones monetarias y tras tener el expediente de expropiación permite al Concello reclamar a la adjudicataria todo lo que le pueda corresponder.
El Tribunal Supremo, en la resolución emitida en el mes de octubre, garantiza la elección del sistema de expropiación para ejecutar las 1.500 viviendas y campo de golf de Costa Miño Golf. Además la segunda adjudicación a Fadesa de la actuación queda respaldada.
Esta sentencia da validez al acuerdo plenario al que llegó Miño en septiembre de 2011 en el que se readjudicó la urbanización a Martinsa-Fadesa para evitar la ejecución del fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), a través del cual se anulaba la elección del sistema de expropiación y el pliego de cláusulas del concurso acordados por el Concello en 2002.
Este supone que el fallo no debe de afectar a la responsabilidad municipal subsidiaria de pago de las expropiaciones, concretamente a los 25 millones de euros que se piden, puesto que ya está confirmada por el Supremo en sentencia del mes pasado de julio. Por consiguiente, tampoco afectaría a la cuantía de la expropiación, independiente de la anulación inicial de la adjudicación. Esto elimina la posibilidad de que se puedan hacer mas reclamaciones monetarias y a volver a tener el expediente de expropiación válido permite al Concello reclamar a la adjudicataria todo lo que pueda corresponder.
Los expropiados presentaron ante el Tribunal Superior una solicitud demandando la anulación del anterior acuerdo plenario de 2011 por entender que contradecía el fallo de las sentencias y el TSXG anuló el acuerdo al que se llegó en la sesión plenaria. Pero el Supremo ahora resuelve todo lo contrario, estima el recurso del Concello tras plantear la ejecución de la urbanización por el sistema de expropiación.